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Friday, August 17, 2012

Por donde empezamos? Chocó

Para todos los Colombianos en el exterior que amamos a Colombia, este blog esta disponible para compartir con nuestros hermanos Colombianos, lo visto en otros paises que puede ayudar a nuestro hermoso pais a avanzar, y por que no ser la Atenas Sur Americana que alguien mencionó una vez.

Hay mucho por hacer, y hoy que es el Dia del Ingeniero en Colombia, que mejor dia para empezar este blog.  Chocó, uno de los sitios de mayor riqueza en Colombia, con sus minas de oro y platino, vive en la pobreza extrema.  Afortunadamente, tienen un Gobernador Estrella que los va a sacar adelante.  Por favor dejenlo trabajar!

Ideas para Choco?  Por favor incluir sus ideas para ayudar a este Departamento un tanto olvidado, pero lleno de riqueza.  Ideas para Choco:
- Fabrica de Embotellamiento de Agua, con altos estandares de calidad.  Puede dar empleo a la población ya que hay un 20% de desempleo alli.
- Fabrica de Tractores, palas y herramientas.  Pues hay mucho por construir.
- Construccion del Canal Atrato-Truando, conectando los oceanos Atlantico y Pacifico.  Si no lo hacemos ahora, entonces cuando?
En el dia del ingeniero, precisamente buscamos ingenieros que esten interesados en este tipo de proyecto.  Porque darle este proyecto a otro pais, cuando los Colombianos pueden hacerlo?  Claro, esta bien consultar por ejemplo con los que construyeron los miles de canales en la India, como el Canal Indira Ghandi, el canal mas largo del mundo.  Bueno, Animo Colombianos, ya que si se puede!

1 comment:

  1. LEY 53 DE 1984... Necesita revivirse y convertirse en realidad

    Ley presentada por Rep del Choco Daniel Palacios Martinez
    sancionanda el 12/24 de 1984

    CANAL ATRATO-TRUANDO ORDENADO POR LA LEY 53 DE 1984...
    www.sogeocol.edu.co/documentos/elcan_atrato.pdf
    Formato de archivo: PDF/Adobe Acrobat
    La ley 53 de 1984 por la cual se ordena la construcción del Canal Interoceánico Atrato-. Truandó y cuya iniciativa llevé a la consideración del Congreso de la
    Daniel Palacios Martinez...

    LEY 53 DE 1984
    (diciembre 28)
    Diario Oficial No. 36.831 de 15 de enero de1985
    Por la cual se ordena la construcción del canal interoceánico Atrato-Truandó y se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias

    EL CONGRESO DE COLOMBIA,
    DECRETA:
    ARTICULO 1o. Ordenase la construcción del canal interoceánico Atrato-Truandó por el Departamento del Chocó.
    ARTICULO 2o. Revístese al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, por el término de cuatro años a partir de la promulgación de la presente Ley, para que tome las medidas a que haya lugar, con el exclusivo fin de sentar las bases para la construcción del canal interoceánico Atrato-Truandó por el Departamento del Chocó.
    ARTICULO 3o. El Presidente de la República podrá crear una sociedad de economía mixta o cualquier otra entidad nacional cuyo objeto social sea el de dar cumplimiento a lo prescrito en esta Ley.
    ARTICULO 4o. Sólo podrán ser socios de la entidad que se cree:
    a) La Nación, los departamentos, los municipios;
    b) Las personas de derecho publico de todo orden y las sociedades de economía mixta;
    c) Las entidades crediticias oficiales o particulares.
    PARÁGRAFO. En ningún caso podrán ser socios o accionistas de esta sociedad las personas naturales o jurídicas extranjeras.
    ARTICULO 5o. En desarrollo de las facultades extraordinarias otorgadas por la presente Ley, el Presidente de la República podrá disponer la contratación de empréstitos internos y externos, ordenar abrir créditos o hacer los traslados necesarios y las respectivas apropiaciones en los presupuestos de las próximas vigencias.
    ARTICULO 6o. Facultase también al Gobierno Nacional para otorgar concesiones, si lo considera conveniente, a las entidades privadas que él juzgue suficientemente capacitadas, desde el punto de vista técnico y económico, para la contracción del canal.
    ARTICULO 7o. Esta Ley rige desde su sanción.
    Dada en Bogotá, D. E., a los... del mes de... de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).
    El Presidente del Honorable Senado de la República,
    JOSE NAME TERAN
    El Secretario General del Honorable Senado de la República,
    Crispín Villazón de Armas.
    El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
    DANIEL MAZUERA GOMEZ
    El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
    Julio Enrique Olaya Rincón.
    República de Colombia - Gobierno Nacional. Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., diciembre 28 de 1984.
    BELISARIO BETANCUR
    El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
    Roberto Junguito Bonnet.
    El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

    ftp://ftp.camara.gov.co/camara/basedoc/ley/1984/ley_0053_1984.html

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