Istmina, Septiembre 25 de 2011
Doctor
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República de Colombia
Las organizaciones étnico-territoriales del Chocó como son:
CONSEJO COMUNITARIO MAYOR DEL SAN JUAN (ACADESAN), CONSEJO COMUNITARIO GENERAL DE BAUDO (ACABA) Y CONSEJO COMUNITARIO GENERAL DE RIO PEPÉ
Fijamos ante usted, postura de denuncia pública y de rechazo a las actividades de fumigación aérea para la erradicación de cultivos de uso ilícito, que desde hace diez días se vienen desarrollando en estas regiones del departamento del Chocó.
Las comunidades Negras del proceso étnico organizativo denunciamos que desde el inicio de la fumigación, esta ha creado incidencias de afectación en el siguiente orden:
1. La fumigación aérea se está haciendo de manera indiscriminada sobre áreas de cultivos (maíz, arroz, frutales, yuca, caña, plátano, chontaduro, hortalizas) y los establecimientos de crías de especies menores (gallinas, cerdos, estanques piscícolas) no asociados con plantaciones de matas de hoja de coca.
2. Las aspersiones aéreas se han llevado sobre los nacimientos de quebradas donde están las bocatomas de los acueductos rurales.
3. Las casas de campos poblados y aun en población urbana han sido objeto de la fumigación aérea contaminando techos, donde gran parte de la población hace acopio de agua para consumo humano.
4. Se han reportado casos de personas (niños y adultos mayores), que han sufrido distintas lesiones con secuelas notables en la piel y órganos de la visión y padecimientos gastrointestinales.
El proceso de comunidades negras, conociendo las distintas agresiones sobre los derechos civiles a la población del San Juan y del Baudó, exige el respeto a la prevalencia que tiene el pueblo de comunidades negras sobre lo normativizado en la ley 70/93 y las competencias que la misma ley le otorga a los consejos comunitarios, previstas en el decreto 1745/95, en el sentido de que toda acción que se vaya adelantar sobre el territorio de Comunidades Negras, legítimamente adjudicado por el estado para su administración y control, deben ser precedidas del Derecho a la Consulta Previa decreto 1320/98.
Este proceso en atención a la situación generada con las actividades de fumigación declara.
1. Ratificarnos como organizaciones que teniendo la responsabilidad de administrar los territorios otorgados por el Estado, no aceptamos la presencia de estas plantaciones en nuestras aéreas tituladas.
2. Declarar a las comunidades negras del San Juan y Baudó, en estado social de emergencia por la desestabilización creada a partir de la fumigación, que expone a la población en situación de desabastecimiento de alimentos por la destrucción de los campos de cultivos de pan coger.
3. Declarar a las comunidades negras del San Juan y Baudó, en situación de emergencia sanitaria por los grados de contaminación por glifosato comprobables en los sistemas de acueducto, abastos de aguas, ríos y quebradas afectados por la fumigación.
Por lo anteriormente expuesto, solicitamos:
* Suspender de manera inmediata las actividades de fumigación en todo el territorio en áreas de cultivos de pan coger, centros poblados, humedales, ríos, quebradas, páramos y áreas de parques".
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